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DISCREPANCIA ENTRE LA ESCRITURA Y EL CATASTRO ¿QUÉ ES LO QUE PREVALECE ?

Cuando hablamos de fincas muy antiguas, nos encontramos con escrituras que parecen verdaderos jeroglíficos difíciles de descifrar y que en algunos casos discrepan con lo que aparece en el Catastro. En caso que esta discrepancia supere el 10% entre la escritura y el catastro tendremos un problema y hará falta subsanarlo para poder vender fa finca.


Para resolver este conflicto de datos, el notario deberá abrir un expediente hipotecario portando una representación gráfica alternativa georreferenciada que reúna los requisitos de Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notario y de la Dirección General del Catastro de fecha 26 octubre del 2015.


Para resolver esta discrepancia, el Catastro tiene 6 meses de plazo. Pero mientras no se resuelva, no podrás formalizar las Escrituras de compra-venta ni de préstamos hipotecarios.


En caso que la discrepancia entre el Catastro y el Registro de la propiedad sea menor al 10%, ¡estás de suerte! Podrás vender la finca e inscribirla en el Registro de la Propiedad sin ningún problema.



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