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MI VIEJA CASA NO ESTÁ REGISTRADA ¿QUÉ HAGO?

Actualizado: 24 feb 2021

Lo primero que tienes que saber es que la inscripción de un inmueble en el Registro de la propiedad es un acto voluntario. Y que no esté inscrita tu casa en el Registro de la Propiedad no implica que esté incurriendo en ninguna irregularidad ni ilegalidad.

Pero aunque sea un trámite voluntario, sí es aconsejable y te evitará futuros problemas como la obtención de una hipoteca para los futuros compradores.


Si hace años que tu casa está construida, pero no está inscrita en el Registro y has decido hacerlo, la puedes inscribir por "declaración de obra nueva antigua" siempre que cumpla los siguientes requisitos.:


1.- Independientemente que la construcción o ampliación se haya hecho con o sin licencia, las obras tienen que haberse realizado hace años.

2.- Que en el momento de hacer el trámite en el Registro, hayan prescrito cualquier acción administrativa para declarar su ilegalidad. En este enlace encontrarás el tiempo que prescriben las obras en cada comunidad . (Ver el blog "¿prescriben las obras ilegales?")


La "declaración de obra nueva antigua" se realiza delante de notario mediante una escritura pública notarial. Y para realizarla necesitarás la siguiente documentación:

  • Escritura del Terreno

  • Recibo de la contribución

  • Licencia final de obra y en caso de no tenerla un certificado emitido por el Ayuntamiento que certifique:

Características del inmueble

Año construcción

Que no existe anotación preventiva de incoación de expediente urbanístico

  • Certificado Catastral

  • Certificado Arquitecto o aparejador que certifique la información del inmueble

Características el inmueble

año construcción

plano topográfico con las coordenadas de la parcela.

plano topográfico con las coordenadas de la construcción

Superficie del solar ocupada por la construcción

Certificado del colegio de arquitectos certificando que el arquitecto está colegiado


Documentación visada por el colegio de arquitectos


El propietario indicará el valor de la finca, siempre ajustándose al valor de mercado.

Una vez el notario emita la escritura de "declaración de obra nueva antigua" se puede solicitar al Registro de la Propiedad la inscripción de la edificación.


Este trámite supone los siguientes costes:

  • Honorarios del técnico que emita el certificado

  • tasa certificado Municipal

  • Notaría y gestión

  • Impuestos por la declaración que se calculan proporcional al valor de la edificación declarada

  • gastos de registro


Aunque te pueda suponer unos gastos extras, a la larga te puede beneficiar y te evitará perder ventas en caso que la quieras vender.



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